El máximo tribunal declaró inconstitucional un régimen de Ingresos Brutos por considerar que generaba discriminación y afectaba el comercio interprovincial
La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió a favor de la empresa Lácteos Verónica en una disputa contra la provincia de Buenos Aires, al declarar inconstitucional un régimen impositivo que condicionaba beneficios fiscales a la radicación de plantas industriales en ese territorio.
El conflicto se originó a partir de una demanda de Verónica S.A.C.I.A.F.E.I., que cuestionó una norma del período fiscal 2016 que otorgaba una alícuota reducida en Ingresos Brutos a la industria láctea, pero solo a empresas con producción instalada en la provincia. La firma, con planta en Santa Fe, quedó excluida del beneficio y recibió una carga tributaria mayor.
En su fallo, los jueces consideraron que el esquema generaba una discriminación basada en la localización geográfica, afectando el principio de igualdad y la libre circulación de bienes entre provincias. Además, advirtieron que este tipo de medidas podía funcionar como una “aduana interior”, prohibida por la Constitución Nacional.
La provincia había defendido la norma como una herramienta de promoción industrial, pero la Corte rechazó ese argumento al entender que producía un trato desigual injustificado entre contribuyentes.
El fallo sienta un precedente relevante en materia de federalismo fiscal y podría impactar en futuras discusiones sobre regímenes impositivos provinciales y su incidencia en la actividad productiva.









