Desde este mes rige una suba del 15,1% en las escalas, en línea con el IPC acumulado entre enero y junio. La categoría A pasa a tener un tope anual de $8.040.721, y la K (la más alta), de $94.839.612.
Esta actualización también impacta en los límites de facturación, el precio unitario máximo de venta y los montos mensuales que se pagan por impuesto, obra social y jubilación.
La nueva tabla abarca tanto a prestadores de servicios como a comerciantes que venden bienes, y define en qué categoría debe estar cada contribuyente según su nivel de ingresos brutos anuales.
Desde este martes, ARCA habilita el trámite de recategorización semestral, obligatorio para quienes hayan cambiado su nivel de facturación. El plazo va del 15 de julio al 5 de agosto.
¿Qué pasa si no te recategorizás? La AFIP puede hacerlo de oficio según los datos que tenga de tu actividad económica.



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