La Convención Reformadora de la Constitución de la provincia de Santa Fe definió este miércoles, entre una serie de tópicos, que el territorio santafesino no tendrá religión oficial.
Los convencionales cambiaron el artículo 3 de la Constitución que anteriormente rezaba: “La religión de la Provincia es la Católica, Apostólica y Romana, a la que le prestará su protección más decidida, sin perjuicio de la libertad religiosa que gozan sus habitantes”.
El artículo 3 de la Constitución santafesina quedaría redactado indicando que “la Provincia no establece religión oficial, asegura la distinción entre el orden civil y el religioso. La relación entre el Estado, las iglesias y los cultos legalmente reconocidos, se rige por los principios de autonomía, igualdad, no discriminación, cooperación y neutralidad”.
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