Estas implican penas de dos años y dos años y medio de prisión en suspenso.
Al rechazar los recursos presentados por su defensa, las condenas conllevan la inhabilitación absoluta para ejercer cargos públicos.
El primer caso se refiere a la asamblea de accionistas de Papel Prensa del 12 de agosto de 2010, en la que Moreno irrumpió con guantes de boxeo y un casco de sparring, forzando la suspensión de la votación.
Fue condenado por amenazas coactivas, fallo que fue confirmado en 2023 por la Sala I de la Cámara de Casación Penal y, ahora, por el máximo tribunal que lo declaró “inadmisible” en aplicación del artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial.
La segunda, dictada en 2017 por el Tribunal Oral Federal 7 y ratificada en 2019, se relaciona al uso de fondos públicos para financiar cotillón con consignas contra el Grupo Clarín en artículos promocionales difundidos entre 2011 y 2013 desde la Secretaría de Comercio.
El delito acreditado fue peculado, en concurso real con incitación a la violencia colectiva.
Ambas sentencias fueron recurridas por la defensa del exfuncionario, pero los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti rechazaron los planteos.









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