La Corte Suprema de Santa Fe dejó firme una sentencia que reconoció el daño genético causado en Piamonte por la exposición al glifosato, un componente tóxico presente en los herbicidas.
Además, ordenó una distancia mínima prudencial de mil metros para pulverizar productos con ese componente y encomendó a los productores regionales a fomentar la agroecología en la zona de resguardo.
En principio, la sentencia del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y del Trabajo de San Jorge reconoció el derecho a incluir pruebas en los recursos de amparo y, con base en los peritajes ofrecidos, tuvo en cuenta el daño genotóxico que producen los herbicidas.
A partir de ello estableció el límite de mil metros y declaró la inconstitucionalidad de dos artículos de la ley provincial 11.273, que regula la materia, y de la ordenanza 9/2020 de Piamonte. La provincia, la comuna y los productores apelaron la decisión judicial pero la Corte Suprema de Santa Fe dejó firme el fallo.
Fuente: LaCapita
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